sábado, 14 de agosto de 2010

Editorial: la información pública nunca puede tener restricciones a su acceso en una democracia

En estos tiempos mucho se viene hablando de aquello que tiene que ver con la libertar de expresión. Sin embargo, no es lo mismo hablar de libertad de expresión que libertad de información. Mientras la primera alude a la libertad de poder decirn aquello que nos parece conveniente (y en caso de que ello perjudique a alguien, para eso estarán las acciones judiciales posteriores como las calumnias a injurias), la segunda apunta al derecho a saber, a conocer, lo que efectivamente es público, es decir, que tiene interés e importancia social.

Ahora bien, hecha esta diferenciación, es preciso señalar sus relaciones, puesto que el derecho a conocer lo público, el algo que viene a influir sobre lo que decimos o podríamos decir. Y mucho más: decidir. Saber sobre la cosa pública sin restricción alguna es algo inherente a la democracia e intrínseco de ella. Y ciertamente, tener que fundamentar el por qué se pide o se solicita conocer tal o cual información es restringir un derecho.

Por lo tanto, deber tener un derecho legítimo es cuando menos un contrasentido. Lo público es público. Y en cuanto a que el acceso debe ser fundado ocurre lo mismo. No hay necesidad de ningun tipo de fundamento cuando lo que se pide es público. Así, aquello que es público no puede permanecer como si fuera privado.

Más allá de la opinión de cualquier partido político sobre esta cuestión, creemos que el periodismo local debería expresarse sobre este tema puntual. Después de todo, esta cuestión vendría a restringir la libertad de prensa.

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